Decreto del Concejal Delegado de Seguridad y Vía Pública de reinicio de la actividad "Atracciones Infantiles"
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- Última actualización en Viernes, 19 Junio 2020 13:44
- Publicado el Viernes, 19 Junio 2020 13:44
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I. Visto el informe-propuesta de la Jefatura del Departamento de Vía Pública con código CSV efb33c55ac934846d69179ed8790070cadd99d06 en relación con la solicitud presentada para el desarrollo de una actividad que supone la ocupación ocasional de la vía pública.
II. Examinada la documentación aportada y recabado el informe de los servicios municipales competentes, siempre que se observen las condiciones que en los mismos se expresan.
III. De conformidad con lo dispuesto en la siguiente normativa:
• Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
• Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
• Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
• Decreto 18/2006, de 24 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.
• Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía.
• Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
• Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.
• Decreto 109/2005, de 26 de abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Las Ordenanzas Municipales y demás normas de general y pertinente aplicación.
IV. En el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el Excmo. Sr. Alcalde en virtud del Decreto n.º 5210, de 18 de junio de 2019, RESUELVO: