Bases reguladoras para el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de la vía pública para quioscos y venta itinerante de helados para la campaña 2022-2024
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- Última actualización en Jueves, 20 Enero 2022 13:18
- Publicado el Jueves, 20 Enero 2022 13:18
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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía; el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario; el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades Recreativas y establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas; la Ordenanza municipal reguladora de la ocupación de espacios públicos y privados de uso público con quioscos en el término municipal de Córdoba; las normas reguladoras de los procedimientos de otorgamiento, modificación y extinción de autorizaciones; la Ordenanza municipal sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; A la vista de dicha normativa y en el ejercicio de las competencias que me han sido delegadas por el Excmo. Sr. Alcalde mediante Decreto n.º 5210, de 18 de junio de 2019, RESUELVO:
PRIMERO.- Aprobar las Bases que han de regir el otorgamiento de autorizaciones de ocupación de vía pública para la instalación de quioscos de carácter ocasional destinados a la venta de helados envasados, así como a la venta de manera itinerante de tales productos para la campaña 2022-2024 conforme a las siguientes consideraciones: