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JUEVES - 25-ABRIL-2024 - 07:32:39 

Solicitud autorización para la ocupación ocasional de la Vía Pública

Solicitud de autorización para la ocupación ocasional de la vía pública

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PROCEDIMIENTO Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

1. La solicitud se presentará por registro de entrada con una antelación mínima de 30 días a la fecha prevista de inicio de la actividad, de acuerdo con el Decreto 155/2018, de 31 de julio, de la Junta de Andalucía y contendrá, cuando proceda:

a) Acreditación del/de la solicitante y la entidad: copia del documento nacional de identidad o equivalente y documento de nombramiento de la entidad a la que representa o CIF de la misma.

b) Acreditación del/de la representante: autorización expresa del/de la solicitante para su representación a efectos de esta solicitud o documento que acredite la representación, así como copias del DNI de ambos.

c) Memoria descriptiva del evento (con la relación detallada de actividades que puedan integrarlo):

c.1) Croquis o plano y, en su caso, imágenes precisas de la ubicación de la actividad. En el caso de pruebas deportivas o actividades que discurran por diferentes calles, además, recorrido, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos lugares del recorrido y promedio previsto de la cabeza de la prueba o evento hasta el cierre de esta. Si se tratara de competiciones oficiales, permiso de organización y reglamento de la prueba expedido y sellado por la Federación Deportiva Andaluza que corresponda e informe de la misma sobre la adecuación técnico-deportiva de la competición, suficiencia e idoneidad de los medios de seguridad, asistencia médica, evacuación y extinción de incendios.

c.2) Propuesta de medidas de señalización de la prueba o evento y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos.

c.3) Plan de emergencia y autoprotección para asegurar, con los medios humanos y materiales de que se dispongan, la prevención de siniestros y la intervención inmediata en el control de los mismos, obligatorio en el caso de instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad o aforo igual o superior a 2.500 personas y, cuando se desarrollen al aire libre, igual o superior a 20.000 personas.

d) Autorización de sus titulares en caso de querer utilizar espacios, vías o terrenos de titularidad privada.

2. Una vez obre en poder de la Udad. de Autorizaciones (Departamento de Vía Pública) la documentación requerida se comprobará la disponibilidad de uso del dominio público que se pretende ocupar y se solicitará de oficio informe de cuantos servicios municipales o de otras administraciones pudieran verse afectados para garantizar que la actividad a autorizar reúne todos los requisitos necesarios de cara a su celebración.

3. En caso de que no exista impedimento que imposibilite el desarrollo de la actividad se requerirá desde la Udad. de Autorizaciones la siguiente documentación complementaria a la anterior en función de las características de la misma:

e) Justificante de la contratación y vigencia del seguro obligatorio de responsabilidad civil (y, si es preciso, de contingencias de accidentes) mediante copia de la póliza y del recibo de pago o certificado de la compañía aseguradora.

f) Impreso de autoliquidación abonado y debidamente validado por la entidad bancaria de las actividades sujetas a las tasas correspondientes a las Ordenanzas Fiscales aplicables o, en su defecto, resolución o acuerdo del órgano municipal competente (Alcaldía, Ttes. Alcalde, Concejales/as con delegación, Pleno, Junta de Gobierno Local, Junta Municipal de Distrito o sus Presidentes/as) que permita acreditar que dicha actividad se encuentra incluida dentro de algunos de los supuestos de no sujeción a la tasa.

g) Proyecto de instalación realizado por personal técnico competente cuando para la actividad sea preciso el uso de estructuras desmontables o portátiles (escenarios, carpas, etc.) y posterior certificado de seguridad y solidez, una vez montadas las estructuras, que garantice que las mismas reúnen las condiciones técnicas de seguridad, de higiene, sanitarias, de accesibilidad y confortabilidad, de vibraciones y de nivel de ruidos que reglamentariamente se determinen en las normas específicas de cada actividad, en el Código Técnico de la Edificación, Protección contra Incendios o normativa básica que los sustituya y demás normativa aplicable en materia de espectáculos públicos, protección del medio ambiente y de accesibilidad.

h) Documento justificativo de la disposición de extintores portátiles certificados para la actividad.

i) Acreditación de los sistemas de conexión a las redes de distribución pública o privada de electricidad, agua potable y saneamiento: certificado de la instalación eléctrica y, en su caso, copias de contratos de suministro expedidos por empresas autorizadas.

j) En el supuesto de utilizar botellas de gas butano, propano o similar en la actividad certificado de la instalación de gas expedido por empresa instaladora autorizada que se podrá sustituir por una declaración responsable solo si la cocina u hornillo está conectado a un solo envase de capacidad inferior a 15 kg.

k) Comunicación a Saneamientos de Córdoba S.A. (SADECO) del desarrollo de la actividad, justificante, en su caso, de la constitución de la fianza exigida por dicha empresa municipal y documento acreditativo de la contratación de los aseos (W.C.) obligatorios de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana.

l) Justificación del abono de las correspondientes fianzas, si las hubiera, fijadas por los departamentos del Ayuntamiento de Córdoba competentes por razón de la materia (pavimentación, jardines, etc.).

m) En caso de que la actividad suponga la manipulación de alimentos, certificado o, en su defecto, declaración responsable de que cada una de las personas que vayan a realizar esa tarea han recibido la formación adecuada.

n) Documentación acreditativa o, en su defecto, declaración responsable de que el personal contratado que trabaje en la actividad está dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social, de que las empresas estén dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o, de estar exentas, en el Censo de Obligados Tributarios y de que las citadas empresas están al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Córdoba.

ñ) Acreditación de la contratación de un servicio de vigilancia privado si las circunstancias así lo requieren o puesta a disposición de personal para el mantenimiento del orden y control de la actividad debidamente identificado.

o) Cualquier otra documentación que garantice el cumplimiento de los requisitos legales de cara a la autorización.

4. La autorización municipal habrá de otorgarse con anterioridad a la fecha de inicio de la actividad. Se entenderán desestimadas aquellas solicitudes sobre las que, llegada dicha fecha de inicio, no hubiera recaído resolución expresa.

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